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Publicado: 06/10/2020
Al iniciar cualquier procedimiento de divorcio, hacemos una gran variedad de preguntas a los abogados de divorcios en Horta Guinardó, Barcelona.
Algunas de las cuestiones son relativas a la repartición de bienes gananciales entre los cónyuges una vez queda disuelta dicha sociedad ganancial. Cuando se procede a la liquidación de la sociedad conyugal con el reparto de los bienes, los cónyuges serían dueños de la misma al 50 %. Si el divorcio se desarrollara de mutuo acuerdo, cosa muy deseable para las partes, en el convenio regulador se contendrán todas aquellas medidas pactadas por los mismos: custodias de los hijos, pensiones, uso de la vivienda familiar, etc.
Respecto a la vivienda familiar, es muy importante destacar, según los abogados de divorcios en Horta Guinardó, Barcelona, que este procedimiento no se encargaría de dilucidar acerca del derecho de la propiedad de la misma, sino de su uso y disfrute.
En el caso de hijos menos de edad, el usufructo de la misma se adjudicará al cónyuge que posea la guarda y custodia de los hijos, ya que la ley velará siempre por el mayor interés del menor, en ningún caso de los cónyuges. De no haber menores y no siendo posible un acuerdo entre las partes, será el propio juez el que establezca el criterio.
Con la mayoría de edad de los hijos y el uso y disfrute de la vivienda familiar, el sistema de protección a los menores de edad y su interés superior desparece, y por tanto ambos progenitores se encuentran en un plano de total igualdad. Ese uso se valorará por parte del juez en función de sus circunstancias personales, familiares y económicas.
En Abogados Maragall, estamos especializados en procedimientos de divorcio y separaciones, entre otras cuestiones. Cuéntanos tu caso, estamos aquí para ayudarte.